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Manual de Percepciones del Personal Administrativo y Docente de la Universidad Autónoma
del Carmen/2025
los proveídos por esta dependencia, originados como consecuencia del
desempeño de uno o más empleos con origen en recursos públicos o
privados, para lo cual es solo su responsabilidad informarlo por las vías
establecidas a las autoridades correspondientes.
10. Para el caso del personal docente dada las características de la función
que desempeña, tendrá la salvedad cuando por motivos de asignaciones
de recursos extraordinarios federales o estatales reciba de forma
complementaria al presupuesto ordinario aprobado por la Universidad,
apoyos económicos por recursos no regularizables por participar en
programas académicos para la Universidad Autónoma del Carmen.
11. Para ambos tipos de personal la suma de dichas retribuciones no deberá
exceder la mitad de la remuneración bruta establecida para el Presidente
de la República en el Presupuesto de Egresos en el ejercicio fiscal vigente.
12. El presente Manual considera las remuneraciones del personal para:
XIII. PERSONAL DOCENTE
a). Profesores de Tiempo Completo
b). Profesores de hora clase (asignatura Hora/Semana/Mes)
c). Técnicos de apoyo a la docencia
Y, se sujeta a la clasificación, categoría y niveles dispuestos en el reglamento
del personal académico en su título segundo, capítulo I, así como al tabulador
contenido en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente con su clasificación para el
personal docente en Tiempo Completo, HSM, Instructores, y a las plantillas de
plazas docentes para la Universidad vigentes en el anexo de ejecución del Convenio
de apoyo financiero tripartita.
“El lenguaje empleado no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres; por lo que, las
referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos”
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