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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
La despensa y el ARTE se consideran como prestaciones no ligadas al salario.
8) Gratif cación por jubilación
El personal administrativo y docente contratado hasta el día 18 de septiembre de 2003, podrá jubilarse
al cumplir los 50 años de edad y 25 años de servicio; aquellos que voluntariamente decidan continuar
trabajando podrán hacerlo, mediando un escrito de libre voluntad y deberá realizar su petición a la
Coordinación General de Recursos Humanos, quien gestionará el pago, siempre que exista la suf ciencia
presupuestal.
El personal tendrá derecho a recibir de forma adicional un incremento del 2% adicional a los aumentos
normales en forma anual pudiendo completar hasta 10 años más de servicio (35 años de servicios), o hasta
que el trabajador solicite su cesantía laboral para ingresar al proceso de jubilación. El monto resultante de la
aplicación del porcentaje para el pago de esta prestación tendrá por base de cálculo el salario base mensual
tabular más el quinquenio mensual que le corresponda al trabajador y será ref ejado lo correspondiente a los
días devengados en la quincena bajo este concepto.
La gratif cación por jubilación se considera una prestación ligada al salario.
Capítulo IV
Percepciones Extraordinarias
9) Estímulos, reconocimientos y recompensas
Se podrán otorgar estímulos, reconocimientos y recompensas al personal de la Universidad Autónoma del
Carmen, en términos de las disposiciones establecidas. Los estímulos, reconocimientos y recompensas
no constituyen un ingreso f jo, regular ni permanente, por lo que no forman parte del sueldo del personal
administrativo y docente de la Universidad Autónoma del Carmen, y se encuentran gravados en los términos
de las disposiciones f scales aplicables.
10) Estímulos por antigüedad
La Universidad Autónoma del Carmen cada año premiará a los trabajadores administrativos y docentes
que cumplan 10, 15, 20, 25, 30 y 35 años de servicios en la Institución, entregándoles un diploma de
reconocimiento a su servicio, una medalla, y 15, 25, 40, 50, 60 y 65 días de salarios, respectivamente.
El monto equivalente a este estímulo se conforma por una cuota diaria del salario base mensual tabular:
Esto es el Salario base entre 30 días exponiéndolo a los días que correspondan a los años de antigüedad
descritos en el párrafo anterior.
Para poder realizar el pago de esta prestación se realizará a través de la Coordinación General de Recursos
Humanos la convocatoria de manera individual al personal administrativo y docente que reúna estas
características en el año en que cumplan su antigüedad, con la f nalidad de cubrir los requisitos para
gestionar su pago.
El pago se efectuará de acuerdo al convenio de CCT de fecha de 25 de febrero de 2021, en los meses
de mayo, septiembre y diciembre con previa difusión del calendario de pagos de nómina a través de la
Coordinación General de Recursos Humanos.
Este pago se cubrirá con cargo a la partida presupuestal 1703 “Estimulo de antigüedad”.
11) Bono administrativo
Se otorgará un pago mensual por concepto de bono administrativo para el personal con categoría
administrativo/operativo, con base en los límites máximos autorizados (Anexo 003). Este concepto se
otorga en los términos de las disposiciones establecidas por la Universidad Autónoma del Carmen.
Para su pago se difundirá a través de la Coordinación General de Recursos Humanos el calendario de
evaluaciones de desempeño y pago previsto para el año de calendario vigente.
“El lenguaje empleado no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres; por lo que, las referencias o alusiones en la
redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos”
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