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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

          de servicios en la Institución, entregándoles un diploma de reconocimiento a su servicio, una medalla, y 15,
          25, 40, 50, 60 y 65 días de salarios respectivamente.

          El monto equivalente a este estímulo se conforma por una cuota diaria del salario base mensual tabular:
          Esto es el Salario base entre 30 días exponiéndolo a los días que correspondan a los años de antigüedad
          descritos en el párrafo anterior. Para poder realizar el pago de esta prestación se realizará a través de la
          Coordinación General de Recursos Humanos la convocatoria de manera individual al personal de conf anza
          que reúna estas características en el año en que cumplan su antigüedad, con la f nalidad de cubrir los
          requisitos para gestionar su pago.

          El pago se efectuará de acuerdo al convenio de CCT de fecha de 25 de febrero de 2021, en los meses
          de mayo, septiembre y diciembre con previa difusión del calendario de pagos de nómina a través de la
          Coordinación General de Recursos Humanos.

          Este pago se cubrirá con cargo a la partida presupuestal 1703 “Estimulo de antigüedad”.


          Capítulo VI
          De otras Prestaciones Extraordinarias

               Vigésimo Quinto. Además de las percepciones extraordinarias enunciadas en el numeral anterior se
          consideran también como prestaciones extraordinarias, las siguientes:

               I.    Ayudas especiales

          La UNACAR otorga benef cios adicionales a los trabajadores de conf anza en adquisición de artículos
          o servicios médicos, mismos que para proceder deben cumplir con la prescripción médica del Instituto
          Mexicano del Seguro Social, con la salvedad de los que laboren para la Universidad fuera de su residencia
          habitual donde dicha institución no proporcione servicios, en este caso la prescripción deberá ser expedida
          por una Institución de carácter público y su comprobación del gasto (factura) será en moneda extranjera.

          Los conceptos de ayuda especial son los siguientes:

                     a.  lentes ópticos graduados,
                     b.  prótesis dentales o
                     c.  cualquier tipo de aparato ortopédico

          La UNACAR se compromete a cubrir el total del costo de la ayuda especial al trabajador siempre que se
          realice lo siguiente:

                     a.  Se cumplan los requisitos del procedimiento interno de la Universidad Autónoma del
                        Carmen.
                     b.  Sea solicitado por el benef ciario dentro del ejercicio f scal y presupuestal.
                     c.  La facturación de la ayuda para lentes ópticos graduados tendrá un límite máximo de
                        costo de $8,000.00; la de prótesis dentales un límite máximo de $11,000.00; la de aparatos
                        ortopédicos un límite máximo de $1,200.00. Esto debido al presupuesto asignado para
                        los gastos de servicios personales para el ejercicio f scal y que esta cifra pueda ser de
                        benef cio para un mayor número de trabajadores.
                     d.  Los pagos se irán reembolsando conforme a la disposición efectiva del recurso para la
                        Universidad, dado que las fuentes son de orden federal y/o estatal.

               II.   Ayuda para sepelio de familiares

          La UNACAR otorga el equivalente a 200 veces salarios mínimos generales diarios vigentes en la zona, en
          caso de fallecimiento de familiares del trabajador clasif cados como: Cónyuge, Progenitores, alguno de sus
          hijos, para lo que el trabajador deberá probar la dependencia económica del familiar con relación a él. La
          “El lenguaje empleado no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres; por lo que, las referencias o alusiones en la
          redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos”
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