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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
se desprende que al no gozarse de la suma de los 10 días se tiene el derecho a los dos días de descanso
semanal que la Universidad tiene establecido para los trabajadores, de lo anterior se origina el nombre del
estímulo como “quincena cero”, motivo por el que el benef cio es equivalente a 15 días de salario base más
quinquenio más gratif cación por jubilación más gratif cación por gobierno del estado según corresponda
a cada trabajador.
La base de cálculo para cada día corresponderá al salario base mensual, más quinquenio, más gratif cación
por jubilación más gratif cación por gobierno del estado según corresponda a cada trabajador dividido entre
30 y expuesto a 15 días, mismos conceptos aparecerán en el recibo de nómina para cada trabajador.
La aplicación para pago de este concepto será para los trabajadores activos al cierre del periodo
correspondiente de enero a julio de la siguiente manera:
a. Para los que hayan laborado en el periodo desde inicio del año a que corresponda este
benef cio y hasta el último día hábil para iniciar el periodo vacacional de verano, les
corresponderá el equivalente a los 15 días del benef cio.
b. Para los que hayan laborado menos días de lo que marca el periodo por causa de
inasistencia, permisos sin goce de sueldo, fechas de inicio o término de contrato, los
días serán determinados a prorrata con relación a los días efectivos laborados según lo
indique su reporte de asistencia laboral emitido por la Coordinación General de Recursos
Humanos.
El pago preferentemente se efectuará a más tardar dentro de las fechas de la quincena inmediata posterior
al periodo vacacional de verano para la Universidad del año de que se trate.
VI. Reconocimiento al personal administrativo destacado
En el mes de diciembre se otorgarán medidas de reconocimiento a personal de base administrativo, como
resultado de su compromiso con la Universidad Autónoma del Carmen, para lo cual lo sujetará a los
lineamientos para su participación.
La retribución se realizará a través de un pago único en monedero electrónico bajo concepto de previsión
social, la temporalidad del pago es en el mes de diciembre, en evento público, entregando diploma de
reconocimiento y un distintivo por trabajador.
VII. Bono
Bonif cación económica que se cubre de forma excepcional al personal de conf anza, que por asignación
de funciones especiales son remuneradas de forma mensual o periódica, previa aprobación del Rector de la
Universidad Autónoma del Carmen.
Su pago se sujetará a la disponibilidad presupuestal de la Universidad.
VIII. Gratif caciones y compensaciones
Apoyos económicos que se cubren al personal de conf anza de forma excepcional, por periodos temporales
bajo aprobación del Rector de la Universidad Autónoma del Carmen.
IX. Bono de desempeño trimestral
Estímulo por desempeño del personal de conf anza, evaluado por periodos mensuales de acuerdo con los
procedimientos establecidos, el cual se cubrirá dependiendo de la suf ciencia presupuestal de la Universidad
Autónoma del Carmen, en caso de contar con la suf ciencia los pagos podrán cubrirse de forma trimestral,
semestral o anual.
“El lenguaje empleado no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres; por lo que, las referencias o alusiones en la
redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos”
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