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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

          Recursos Humanos, quien gestionará el pago, siempre que exista la suf ciencia presupuestal.

          El personal tendrá derecho a recibir de forma adicional un incremento del 2% adicional a los aumentos
          normales en forma anual pudiendo completar hasta 10 años más de servicio, o hasta que el trabajador
          solicite su cesantía laboral para ingresar al proceso de jubilación. El monto resultante de la aplicación
          del porcentaje para el pago de esta prestación tendrá por base de cálculo el salario base mensual tabular
          más el quinquenio mensual que le corresponda al trabajador y será ref ejado lo correspondiente a los días
          devengados en la quincena bajo este concepto.

          La gratif cación por jubilación se considera una prestación ligada al salario.

          Capítulo V
          De las Percepciones Extraordinarias

          Vigésimo  Cuarto.  Las  percepciones  extraordinarias  previstas  para  el  personal  de  conf anza  son  las
          siguientes:

            I.  Estímulos, reconocimientos y recompensas

          Se podrán otorgar estímulos, reconocimientos y recompensas al personal de la Universidad Autónoma del
          Carmen, en términos de las disposiciones establecidas. Los estímulos, reconocimientos y recompensas
          no constituyen un ingreso f jo, regular ni permanente, por lo que no forman parte del sueldo del personal
          de conf anza de la Universidad Autónoma del Carmen, y se encuentran gravados en los términos de las
          disposiciones f scales aplicables.


            II.  Estímulos por antigüedad

          La UNACAR cada año premiara a los trabajadores de conf anza que cumplan 10, 15, 20, 25, 30 y 35 años
          de servicios en la Institución, entregándoles un diploma de reconocimiento a su servicio, una medalla, y 15,
          25, 40, 50, 60 y 65 días de salarios respectivamente.

          El monto equivalente a este estímulo se conforma por una cuota diaria del salario base mensual tabular: Esto
          es el Salario base entre 30 días exponiéndolo a los días que correspondan a los años de antigüedad descritos
          en el párrafo anterior. Para poder realizar el pago de esta prestación se realizará a través de la Coordinación
          General de Recursos Humanos una convocatoria al personal de conf anza que reúna estas características
          en el año en que cumplan su antigüedad, con la f nalidad de cubrir los requisitos para gestionar su pago.

          El pago se efectuará de acuerdo al convenio de CCT de fecha de 25 de febrero de 2021, en los meses
          de mayo, septiembre y diciembre con previa difusión del calendario de pagos de nómina a través de la
          Coordinación General de Recursos Humanos.

          Este pago se cubrirá con cargo a la partida presupuestal 1703 “Estimulo de antigüedad”.

          Capítulo VI
          De otras Prestaciones Extraordinarias

          Vigésimo  Quinto.  Además  de  las  percepciones  extraordinarias  enunciadas  en  el  numeral  anterior  se
          consideran también como prestaciones extraordinarias, las siguientes:

            I.  Ayudas especiales

          La UNACAR otorga benef cios adicionales a los trabajadores de conf anza en adquisición de artículos
          o servicios médicos, mismos que para proceder deben cumplir con la prescripción médica del Instituto
          Mexicano del Seguro Social, con la salvedad de los que laboren para la Universidad fuera de su residencia
          habitual donde dicha institución no proporcione servicios, en este caso la prescripción deberá ser expedida

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