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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
número dos de la local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeche.
III. Estímulo extraordinario especial
Es un estímulo económico que la Universidad Autónoma concede de forma especial al personal de las áreas
administrativas que cumplan con los requisitos establecidos en los lineamientos emitidos para ello.
El pago podrá realizarse durante el último trimestre del año, sujeto a la disponibilidad del recurso para la
Universidad, dado que las fuentes pueden ser de orden federal y estatal.
IV. Reconocimiento Institucional
La Universidad otorgará un reconocimiento institucional a los trabajadores contratados hasta el 18 de
septiembre de 2003, al cumplir 25 años de servicio y a los trabajadores contratados a partir del 19 de
septiembre de 2003 con 30 años de servicio y edad de 65 años, la cantidad correspondiente a:
a. Personal de conf anza de función administrativa, 6 días por año de servicio, al doble del
salario mínimo vigente.
La base de cálculo para cada día corresponderá al salario base mensual del trabajador de conf anza dividido
entre 30, resultando un equivalente por día mismo que se multiplicará por los días que le corresponda a cada
trabajador según su caso particular.
La gestión de pago requiere previa solicitud de la parte interesada ante la Coordinación General de Recursos
Humanos.
V. Quincena Cero
La UNACAR conviene en cubrir de forma adicional 10 días de salario base vigente en el tabulador, con
motivo de la compensación por los descansos suprimidos en el periodo vacacional de verano para la
Institución de conformidad con el calendario escolar aprobado para ello. Dada la naturaleza de la supresión
se desprende que al no gozarse de la suma de los 10 días se tiene el derecho a los dos días de descanso
semanal que la Universidad tiene establecido para los trabajadores, de lo anterior se origina el nombre del
estímulo como “quincena cero”, motivo por el que el benef cio es equivalente a 15 días de salario base más
quinquenio más gratif cación por jubilación según corresponda a cada trabajador.
La base de cálculo para cada día corresponderá al salario base mensual, más quinquenio, más gratif cación
por jubilación según corresponda a cada trabajador dividido entre 30 y expuesto a 15 días, mismos conceptos
aparecerán en el recibo de nómina para cada trabajador.
Los trabajadores que hayan laborado en el periodo desde inicio del año a que corresponda este benef cio
y hasta el último día hábil para iniciar el periodo vacacional de verano, les corresponderá el equivalente a
los 15 días del benef cio, para los que hayan laborado menos días de lo que marca el periodo por causa de
inasistencia, permisos sin goce de sueldo, fechas de inicio o termino de contrato, los días serán determinados
a prorrata con relación a los días efectivos laborados según lo indique su reporte de asistencia laboral
emitido por la Coordinación General de Recursos Humanos.
El pago preferentemente se efectuará a más tardar dentro de las fechas de la quincena inmediata posterior
al periodo vacacional de verano para la Universidad del año de que se trate.
VI. Reconocimiento al personal administrativo destacado
En el mes de diciembre se otorgarán medidas de reconocimiento a personal de base administrativo, como
resultado de su compromiso con la Universidad Autónoma del Carmen, para lo cual lo sujetará a los
lineamientos para su participación.
La retribución se realizará a través de un pago único en monedero electrónico bajo concepto de previsión
social, la temporalidad del pago es en el mes de diciembre, en evento público, entregando diploma de
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