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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

          reconocimiento y un distintivo por trabajador.

            VII.  Bono

          Bonif cación económica que se cubre de forma excepcional al personal de conf anza, que por asignación
          de funciones especiales son remuneradas de forma mensual o periódica, previa aprobación del Rector de la
          Universidad Autónoma del Carmen.

          El monto se ligará a la base de cálculo de las prestaciones de f n de año. Su pago se sujetará a la disponibilidad
          presupuestal de la Universidad.

            VIII.  Gratif caciones y compensaciones

          Apoyos económicos que se cubren al personal de conf anza de forma excepcional, por periodos temporales
          bajo aprobación del Rector de la Universidad Autónoma del Carmen.

            IX.  Bono de desempeño trimestral

          Estímulo por desempeño del personal de conf anza, evaluado por periodos mensuales de acuerdo con los
          procedimientos establecidos, el cual se cubrirá dependiendo de la suf ciencia presupuestal de la Universidad
          Autónoma del Carmen, en caso de contar con la suf ciencia los pagos podrán cubrirse de forma trimestral,
          semestral o anual.
          Transitorios

          Primero. El presente lineamiento entrara en vigor a partir del día siguiente de su publicación de forma
          impresa o digital, previa aprobación del H. Consejo Universitario.

          Segundo. Para la actualización del costo tabular del puesto identif cado con la clave M140 Coordinador B,
          se hará efectivo a partir de la aprobación del presente lineamiento.

          Tercero. Este lineamiento podrá ser actualizado, de acuerdo a la f rma del Convenio de Apoyo Financiero
          tripartita. Queda sin efecto cualquier disposición que se oponga a las modif caciones materia del presente
          lineamiento.

          Cuarto. La Secretaría administrativa de la UNACAR será el área competente para interpretar las presentes
          disposiciones para efectos administrativos, y la Of cina del Abogado General de la Universidad para efectos
          jurídicos.

          Quinto. Corresponde a la Contraloría General de la Universidad Autónoma del Carmen, de conformidad
          con sus atribuciones, vigilar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Lineamiento.



          Dado  mediante  acuerdo  del  H.  Consejo  Universitario,  del  acta  número  23/2022,  en  la  Sesión
          Extraordinaria, de fecha once de julio del año dos mil veintidós. Ciudad del Carmen, Campeche.


















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