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EL PAPEL DEL CRIMINÓLOGO EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS



                                               Kevin Mauricio Damas Arias

         Introducción


            A manera de contexto cabe destacar, que el sistema penitenciario en México se ha
         transformado radicalmente para el bien de las personas privadas de la libertad, lo que antes

         era una fuente de vulnerabilidad ahora es motivo de una posible reinserción social integral
         y beneficiosa para ellos, siendo que les añade las herramientas necesarias para vivir una

         vida alejada de los delitos; así bien, el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados
         Unidos Mexicanos, que establece los fundamentos del Sistema Penitenciario Nacional, señala

         que éste se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo y su
         capacitación, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción de los

         sentenciados a la sociedad y procurar que no reincidan, de conformidad con los beneficios que
         para estos prevé la ley.


            Por su parte, un criminólogo es una persona con una infinidad de conocimientos en distintas

         ciencias y disciplinas, esto porque su trabajo en sí mismo lo amerita, coadyuva con distintos
         organismos de procuración de justicia manteniendo siempre su enfoque técnico y objetivo
         para resolver o dar solución a un tema en específico del cual él es participe en su intervención;

         se afirma que la Criminología es "una ciencia empírica e interdisciplinar. Se ocupa de las

         circunstancias de la esfera humana y social, relacionadas con el surgimiento, la comisión y la
         evitación del crimen, así como del tratamiento de los violadores de la ley" (Göppinger, 1975, p. 1).


            En un centro penitenciario el criminólogo es la base, la médula espinal que la administración
         de  dicha  institución  debería  obedecer  y  mediante  el  cual  las  acciones  que  deriven  de  su

         experiencia puedan ser implementadas para utilidad y funcionamiento de todos los internos.

            Desde que se tiene memoria, la criminalidad siempre ha existido y es una constante en

         la sociedad hoy en día, la categorización de los delincuentes ha ido avanzando con el paso

         del tiempo también; dado que los derechos humanos son pilares para la reinserción social, el
         delincuente debe ser tratado como si tuviese una enfermedad, y esto lo podemos ver reflejado
         en los diversos instrumentos que nos proporcionan información psicológica al respecto de los

         delincuentes, uno de estos instrumentos es el DSM-5 TR, en su más reciente actualización,

         siendo este el Manual Diagnóstico y Estadístico de los trastornos mentales, ¿Pero qué tiene
         que ver el aspecto psicológico de la persona privada de la libertad con la función de un
         criminólogo en un centro penitenciario?, en realidad mucho, porque la PPL al ser tratada como

         una persona enferma requerirá un tratamiento que en función del mismo se lleve a cabo en

         un centro penitenciario que lo evalúe y oriente para su posterior avance, por supuesto que
         es una visión un poco alejada de la realidad puesto que en México no se le da la importancia,
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