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Lineamientos  de  Percepciones  del  Personal  de  Confianza  de  la  Universidad  Autónoma  del
       Carmen, 2025

                                            Capítulo V
                         De las Percepciones Extraordinarias




           Vigésimo Cuarto. Las percepciones extraordinarias previstas para el personal
           de confianza son las siguientes:



          I.        Estímulos, reconocimientos y recompensas


           Se  podrán  otorgar  estímulos,  reconocimientos  y  recompensas  al  personal  de  la
           Universidad Autónoma del Carmen, en términos de las disposiciones establecidas.

           Los  estímulos,  reconocimientos  y  recompensas  no  constituyen  un  ingreso  fijo,
           regular  ni  permanente,  por  lo  que  no  forman  parte  del  sueldo  del  personal  de

           confianza de la Universidad Autónoma del Carmen, y se encuentran gravados en
           los términos de las disposiciones fiscales aplicables.



          II.       Estímulos por antigüedad


           La UNACAR cada año premiara a los trabajadores de confianza que cumplan 10,

           15, 20, 25, 30 y 35 años de servicios en la Institución, entregándoles un diploma de
           reconocimiento a su servicio, una medalla, y 15, 25, 40, 50, 60 y 65 días de salarios

           respectivamente.



           El monto equivalente a este estímulo se conforma por una cuota diaria del salario
           base mensual tabular: Esto es el Salario base entre 30 días exponiéndolo a los días

           que correspondan a los años de antigüedad descritos en el párrafo anterior. Para
           poder realizar el pago de esta prestación se realizará a través de la Coordinación

           General de Recursos Humanos la convocatoria de manera individual al personal de
           confianza que reúna estas características en el año en que cumplan su antigüedad,

           con la finalidad de cubrir los requisitos para gestionar su pago.



           El  pago  se  efectuará  de  acuerdo  al  convenio  de  CCT de  fecha  de  25  de  febrero
           de 2021, en los meses de mayo, septiembre y diciembre con previa difusión del



       “El lenguaje empleado no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres; por lo que, las
       referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos”

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