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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
asociados a dichos objetivos, los cuales deberán ser progresivos, diversos, y propiciar la
difusión del conocimiento adquirido.
XI. Proponer acciones de fomento a la integridad y en materia de ética dirigidas a las áreas
administrativas o a la Universidad Autónoma del Carmen, y dar seguimiento a su
cumplimiento.
XII. Propiciar un ambiente de respeto, colaboración y cordialidad entre las personas integrantes
del Comité de Ética.
XIII. Abstenerse de intervenir en aquellos asuntos en los que pueda tener un conf icto de interés.
XIV. Colaborar y apoyar a la Secretaría Ejecutiva y Secretaría Técnica cuando estas lo soliciten
para cumplir con los objetivos del Comité de Ética.
XV. Determinar los asuntos en que sea necesario crear comisiones para su atención.
XVI. Dedicar el tiempo y trabajo necesarios para dar seguimiento a los asuntos que se sometan a
su consideración.
XVII. Las demás que se encuentren señaladas en la normatividad aplicable.
6.2 Corresponderá a el/la Presidente/a
I. Efectuar las acciones necesarias para impulsar y fortalecer la ética e integridad en la
Universidad Autónoma del Carmen.
II. Convocar a la sesión de instalación del Comité.
III. Convocar a las personas integrantes del Comité a las sesiones ordinarias o extraordinarias.
IV. Organizar y ejercer todas las acciones necesarias para la realización de la elección, votación
e integración del Comité de Ética, para lo que se apoyará de las Secretarías Ejecutiva y
Técnica.
V. Establecer los procedimientos para la recepción de candidaturas en el proceso de elección de
personas servidoras universitarias.
VI. Coordinarse con las personas que, en términos de los protocolos especializados tengan
funciones específ cas, a f n de impulsar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
VII. Consultar a los miembros del Comité si tienen conf ictos de interés al conocer y tratar los
asuntos del orden del día correspondiente.
VIII. Dirigir y moderar los debates durante las sesiones, para lo cual, mostrará una actitud de
liderazgo y garantizará la libre e igualitaria participación de las personas integrantes.
IX. Vigilar que, en la elaboración de instrumentos y documentos relacionados con las actividades
del Comité, participen todas las personas que lo integran.
X. Verif car si los asuntos del orden del día están suf cientemente discutidos y, en su caso,
instruir a la Secretaría Ejecutiva que los mismos sea sometan a la votación correspondiente.
XI. Tramitar la remoción o suspensión de alguna persona integrante del Comité.
XII. Citar a la persona denunciante y denunciada a la diligencia de mediación.
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