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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

                     asociados a dichos objetivos, los cuales deberán ser progresivos, diversos, y propiciar la
                     difusión del conocimiento adquirido.

               XI.   Proponer acciones de fomento a la integridad y en materia de ética dirigidas a las áreas
                     administrativas  o  a  la  Universidad  Autónoma  del  Carmen,  y  dar  seguimiento  a  su
                     cumplimiento.

               XII.   Propiciar un ambiente de respeto, colaboración y cordialidad entre las personas integrantes
                     del Comité de Ética.

              XIII.   Abstenerse de intervenir en aquellos asuntos en los que pueda tener un conf icto de interés.

              XIV.   Colaborar y apoyar a la Secretaría Ejecutiva y Secretaría Técnica cuando estas lo soliciten
                     para cumplir con los objetivos del Comité de Ética.

               XV.   Determinar los asuntos en que sea necesario crear comisiones para su atención.

              XVI.   Dedicar el tiempo y trabajo necesarios para dar seguimiento a los asuntos que se sometan a
                     su consideración.

             XVII.   Las demás que se encuentren señaladas en la normatividad aplicable.

            6.2 Corresponderá a el/la Presidente/a

                 I.   Efectuar  las  acciones  necesarias  para  impulsar  y  fortalecer  la  ética  e  integridad  en  la
                     Universidad Autónoma del Carmen.

                II.   Convocar a la sesión de instalación del Comité.

                III.   Convocar a las personas integrantes del Comité a las sesiones ordinarias o extraordinarias.

                IV.   Organizar y ejercer todas las acciones necesarias para la realización de la elección, votación
                     e integración del Comité de Ética, para lo que se apoyará de las Secretarías Ejecutiva y
                     Técnica.

                V.   Establecer los procedimientos para la recepción de candidaturas en el proceso de elección de
                     personas servidoras universitarias.

               VI.   Coordinarse  con  las  personas  que,  en  términos  de  los  protocolos  especializados  tengan
                     funciones específ cas, a f n de impulsar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones.

               VII.   Consultar a los miembros del Comité si tienen conf ictos de interés al conocer y tratar los
                     asuntos del orden del día correspondiente.

              VIII.   Dirigir y moderar los debates durante las sesiones, para lo cual, mostrará una actitud de
                     liderazgo y garantizará la libre e igualitaria participación de las personas integrantes.

               IX.   Vigilar que, en la elaboración de instrumentos y documentos relacionados con las actividades
                     del Comité, participen todas las personas que lo integran.

                X.   Verif car  si  los  asuntos  del  orden  del  día  están  suf cientemente  discutidos  y,  en  su  caso,
                     instruir a la Secretaría Ejecutiva que los mismos sea sometan a la votación correspondiente.

               XI.   Tramitar la remoción o suspensión de alguna persona integrante del Comité.

               XII.   Citar a la persona denunciante y denunciada a la diligencia de mediación.

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