Page 103 - gaceta 333
P. 103

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

          La Universidad Autónoma del Carmen se obliga a otorgar al personal administrativo y docente, vales de
          despensa y la prestación ARTE, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales, a través de
          monederos electrónicos individuales.

          Los montos de ambas prestaciones serán depositados a través de monedero electrónico, siendo la Despensa
          un apoyo para la canasta básica del trabajador y el ARTE es un Apoyo para Riesgos en el Trabajo y
          Enfermedades, estas prestaciones son perfectamente cubiertas por los servicios proporcionados por los
          proveedores  contratados  para  ello,  pudiendo  el  trabajador  adquirir  en  los  establecimientos  autorizados
          productos de canasta básica, alimentos, etc. o medicamentos y material de curación.

          La periodicidad de pago para estas prestaciones será mensual, dispersando los montos a los monederos
          electrónicos a través del proveedor del servicio contratado para ello, realizándolo de manera conjunta con
          la segunda quincena de cada mes el ejercicio anual.

          Los montos para distribuir serán conforme a lo siguiente:
            a.  A los profesores de hora/semana/mes (asignatura) lo que corresponda a prorrata sobre las de hora/
               semana/mes, sobre la base de $794.85 y ARTE $78.18.
            b.  Las demás categorías y niveles tabulares conforme a la siguiente tabla:

                         DESCRIPCIÓN            VALES DE DESPENSA           ARTE
                 TIEMPO COMPLETO MEDIO
                 SUPERIOR                               795.23              140.32
                 TIEMPO COMPLETO ASOCIADO A             795.23              165.13
                 TIEMPO COMPLETO ASOCIADO B             795.23              186.40
                 TIEMPO COMPLETO ASOCIADO C             795.23              233.84
                 TIEMPO COMPLETO TITULAR A              795.23              271.85
                 TIEMPO COMPLETO TITULAR B              795.23              323.65
                 TIEMPO COMPLETO TITULAR C              795.23              381.21
                 MANUAL B                               685.30               41.67
                 MANUAL C                               693.25               41.86
                 TECNICO A                              696.71               41.95
                 TECNICO B                              708.32               42.22
                 TECNICO C                              719.92               42.51
                 TECNICO D                              721.06               42.53
                 CABO DE OBRA                           768.10               43.66
                 ADMINISTRATIVO F                       728.39               42.71
                 ADMINISTRATIVO E                       739.85               42.99
                 ADMINISTRATIVO D                       745.97               43.13
                 ADMINISTRATIVO C                       763.53               43.56
                 ADMINISTRATIVO B                       785.06               44.08
                 ADMINISTRATIVO A                       789.00               44.17

          La despensa y al ARTE se consideran como prestaciones no ligadas al salario.

            8.  Gratif cación por jubilación
          El personal administrativo y docente contratado hasta el día 18 de septiembre de 2003, podrá jubilarse
          al cumplir los 50 años de edad y 25 años de servicio; aquellos que voluntariamente decidan continuar
          trabajando  podrán  hacerlo,  mediando  un  escrito  de  libre  voluntad  y  deberá  realizar  su  petición  a  la
          Coordinación General de Recursos Humanos, quien gestionará el pago, siempre que exista la suf ciencia
          presupuestal.



                                                  13
   98   99   100   101   102   103   104   105   106   107   108