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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
La Universidad Autónoma del Carmen se obliga a otorgar al personal administrativo y docente, vales de
despensa y la prestación ARTE, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales, a través de
monederos electrónicos individuales.
Los montos de ambas prestaciones serán depositados a través de monedero electrónico, siendo la Despensa
un apoyo para la canasta básica del trabajador y el ARTE es un Apoyo para Riesgos en el Trabajo y
Enfermedades, estas prestaciones son perfectamente cubiertas por los servicios proporcionados por los
proveedores contratados para ello, pudiendo el trabajador adquirir en los establecimientos autorizados
productos de canasta básica, alimentos, etc. o medicamentos y material de curación.
La periodicidad de pago para estas prestaciones será mensual, dispersando los montos a los monederos
electrónicos a través del proveedor del servicio contratado para ello, realizándolo de manera conjunta con
la segunda quincena de cada mes el ejercicio anual.
Los montos para distribuir serán conforme a lo siguiente:
a. A los profesores de hora/semana/mes (asignatura) lo que corresponda a prorrata sobre las de hora/
semana/mes, sobre la base de $794.85 y ARTE $78.18.
b. Las demás categorías y niveles tabulares conforme a la siguiente tabla:
DESCRIPCIÓN VALES DE DESPENSA ARTE
TIEMPO COMPLETO MEDIO
SUPERIOR 795.23 140.32
TIEMPO COMPLETO ASOCIADO A 795.23 165.13
TIEMPO COMPLETO ASOCIADO B 795.23 186.40
TIEMPO COMPLETO ASOCIADO C 795.23 233.84
TIEMPO COMPLETO TITULAR A 795.23 271.85
TIEMPO COMPLETO TITULAR B 795.23 323.65
TIEMPO COMPLETO TITULAR C 795.23 381.21
MANUAL B 685.30 41.67
MANUAL C 693.25 41.86
TECNICO A 696.71 41.95
TECNICO B 708.32 42.22
TECNICO C 719.92 42.51
TECNICO D 721.06 42.53
CABO DE OBRA 768.10 43.66
ADMINISTRATIVO F 728.39 42.71
ADMINISTRATIVO E 739.85 42.99
ADMINISTRATIVO D 745.97 43.13
ADMINISTRATIVO C 763.53 43.56
ADMINISTRATIVO B 785.06 44.08
ADMINISTRATIVO A 789.00 44.17
La despensa y al ARTE se consideran como prestaciones no ligadas al salario.
8. Gratif cación por jubilación
El personal administrativo y docente contratado hasta el día 18 de septiembre de 2003, podrá jubilarse
al cumplir los 50 años de edad y 25 años de servicio; aquellos que voluntariamente decidan continuar
trabajando podrán hacerlo, mediando un escrito de libre voluntad y deberá realizar su petición a la
Coordinación General de Recursos Humanos, quien gestionará el pago, siempre que exista la suf ciencia
presupuestal.
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