Page 101 - gaceta 333
P. 101

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

          las revisiones anuales contractuales laborales de la base trabajadora de esta Dependencia Pública.

          Capítulo III
          Prestaciones

               A. Por mandato de Ley

          Décimo  Primero.  La  remuneración  incluye  dentro  del  esquema  de  prestaciones,  las  aportaciones  por
          concepto de seguridad social, de conformidad con la Ley del
          Instituto Mexicano de Seguridad y Social y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que la Universidad
          Autónoma del Carmen realiza a favor del personal a su servicio, en términos de las disposiciones aplicables.

          Décimo Segundo. Las prestaciones previstas para el personal administrativo y docente sujetos a la Ley
          Federal  de  Trabajo,  pero  con  límites  establecidos  por  la  Universidad Autónoma  del  Carmen,  son  las
          siguientes:

            2.  Prima vacacional
          El personal administrativo y docente tendrá derecho a una prima vacacional de importe de 15 días de
          salario, correspondientes a las vacaciones respectivas que les será cubierto junto con el aguinaldo en las
          vacaciones de invierno.
          El Monto equivalente a 15 días de salario estará integrado por una cuota base diaria de: Salario base más
          Quinquenio más Gratif cación por jubilación, esto para los conceptos que le aplique en lo particular al
          personal.

          El personal administrativo y docente percibirá el 100% de la prestación al haber devengado los 360 días del
          ejercicio f scal de que se trate y para los demás casos aplicará la parte proporcional al tiempo devengado
          en el año de calendario o el que indique de acuerdo con su contrato temporal, en este último caso la fecha
          de pago será determinada por la f nalización de su contrato individual de trabajo. Se considera a la Prima
          vacacional como una prestación ligada al salario.

            3.  Aguinaldo
          El monto equivalente a 40 días de salario vigente por concepto de aguinaldo, junto con el pago correspondiente
          al mes de diciembre.

          El Monto equivalente a 40 días de salario estará integrado por una cuota base diaria de: Salario base más
          Quinquenio más Gratif cación por jubilación, esto para los conceptos que le aplique en lo particular al
          personal.

          El personal administrativo y docente percibirá el 100% de la prestación al haber devengado los 360 días del
          ejercicio f scal de que se trate y para los demás casos aplicará la parte proporcional al tiempo devengado en
          el año de calendario o el que indique de acuerdo con su contrato temporal, en este último caso la fecha de
          pago será determinada por la f nalización de su contrato individual de trabajo.

          La fecha límite de pago de la prestación será la establecida en la Ley Federal de Trabajo vigente, pudiendo
          ser anterior de acuerdo con la disponibilidad del recurso asignado para ello.

          El aguinaldo se considera una prestación ligada al salario.

               B. Por disposición de la Universidad Autónoma del Carmen
          Las prestaciones previstas para el personal administrativo y docente sujetos a la disposición de la Universidad
          Autónoma del Carmen son las siguientes:

            4.  Quinquenios
          Se otorga al personal administrativo y docente con motivo de la antigüedad, por cada 5 años de servicios
          efectivamente prestados al servicio de la Universidad Autónoma del Carmen, hasta llegar a 25 años.



                                                  11
   96   97   98   99   100   101   102   103   104   105   106