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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

          hábil del año.

            13.  Estímulo por puntualidad
          La Universidad Autónoma del Carmen otorgará una gratif cación equivalente a un día del salario base
          mensual para estimular a los trabajadores administrativos y docentes que asistan puntualmente conforme
          a  su  horario  establecido  a  su  centro  de  trabajo  para  el  desarrollo  de  actividades  laborales  propias  de
          Universidad Autónoma del Carmen por el puesto que la Universidad le contrato.

          La puntualidad será evaluada conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos para ello.

          Cada mes evaluado será pagado de forma conjunta con los salarios de la primera quincena siguiente al mes
          de que se trate la evaluación, y en el último mes del año solo será evaluable un periodo de 15 días o los que
          sean hábiles de acuerdo con el calendario escolar aprobado y su pago se ref ejará a más tardar el último día
          hábil del año.

            14.  Estímulo de días económicos
          El personal administrativo y docente durante el año tendrán derecho a permisos económicos percibiendo
          su  salario  íntegro  hasta  por  10  días  y  no  deben  ser  más  de  tres  días  consecutivos  en  cada  solicitud,
          exceptuándose situaciones de emergencia, no se podrán solicitar inmediatamente antes ni después de los
          periodos vacacionales aprobados.
          La Universidad Autónoma del Carmen otorgará por año el equivalente a 12 días de salario al personal
          administrativo y docente que no hagan uso de sus permisos económicos. A los que hayan hecho uso parcial
          de este benef cio, se les pagará la diferencia que resulte entre 10 días y el número de días que hayan
          disfrutado. El año que será evaluado para efectos del pago comprenderá entre el 15 de mayo y el 14 del
          mismo mes del año siguiente.

          La base de cálculo para cada día corresponderá al salario base mensual del trabajador administrativo o
          docente dividido entre 30, resultando un equivalente por día mismo que se multiplicará por los días que le
          corresponda a cada trabajador según su caso particular.

          El pago se efectuará en el mes de mayo con previa difusión del calendario de pagos de nómina a través
          de la Coordinación General de Recursos Humanos esto para el personal administrativo y docente de base
          sindicalizado, para el personal administrativo y docente de base no sindicalizado podrá cubrirse a más
          tardar en el mes de diciembre del ejercicio presupuestal.

            15.  Estímulo de día por Aniversario Sindical
          Con motivo del aniversario de la fundación del Sindicato único de trabajadores de la Universidad Autónoma
          del Carmen, la Universidad otorgará como día de descanso obligatorio para el personal administrativo y
          docente de base sindicalizado, y cuando dicho aniversario corresponda a un día inhábil para la Universidad
          esta pagará un día de salario al personal mencionado.

          La Universidad Autónoma del Carmen pagará el equivalente a un día del salario base mensual del personal
          arriba descrito, esto a más tardar la primera quincena del mes siguiente de haberse generado el derecho.

            16.  Remuneración por desempeño en exámenes profesionales
          Esta remuneración se cubrirá a personal que conforme un grupo de 5 sinodales para la atención de exámenes
          profesionales. El monto de pago global será el que corresponda a los derechos pagados por el estudiante,
          dicha cifra será repartible equitativamente entre los miembros del grupo sínodo, así como el asesor de tesis
          o informes.

          El  pago  será  gestionado  a  los  benef ciarios,  posterior  al  ingreso  de  la  documentación  probatoria  a  la
          Coordinación General de Recursos Humanos, acompañada de una solicitud por escrito de la parte interesada.







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