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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
El personal tendrá derecho a recibir de forma adicional un incremento del 2% adicional a los aumentos
normales en forma anual pudiendo completar hasta 10 años más de servicio, o hasta que el trabajador
solicite su cesantía laboral para ingresar al proceso de jubilación. El monto resultante de la aplicación
del porcentaje para el pago de esta prestación tendrá por base de cálculo el salario base mensual tabular
más el quinquenio mensual que le corresponda al trabajador y será ref ejado lo correspondiente a los días
devengados en la quincena bajo este concepto.
La gratif cación por jubilación se considera una prestación ligada al salario.
Capítulo IV
Percepciones Extraordinarias
9. Estímulos, reconocimientos y recompensas
Se podrán otorgar estímulos, reconocimientos y recompensas al personal de la Universidad Autónoma del
Carmen, en términos de las disposiciones establecidas. Los estímulos, reconocimientos y recompensas
no constituyen un ingreso f jo, regular ni permanente, por lo que no forman parte del sueldo del personal
administrativo y docente de la Universidad Autónoma del Carmen, y se encuentran gravados en los términos
de las disposiciones f scales aplicables.
10. Estímulos por antigüedad
La Universidad Autónoma del Carmen cada año premiará a los trabajadores administrativos y docentes
que cumplan 10, 15, 20, 25, 30 y 35 años de servicios en la Institución, entregándoles un diploma de
reconocimiento a su servicio, una medalla, y 15, 25, 40, 50, 60 y 65 días de salarios, respectivamente.
El monto equivalente a este estímulo se conforma por una cuota diaria del salario base mensual tabular:
Esto es el Salario base entre 30 días exponiéndolo a los días que correspondan a los años de antigüedad
descritos en el párrafo anterior.
Para poder realizar el pago de esta prestación se realizará a través de la Coordinación General de Recursos
Humanos una convocatoria al personal administrativo y docente que reúna estas características en el año en
que cumplan su antigüedad, con la f nalidad de cubrir los requisitos para gestionar su pago.
El pago se efectuará de acuerdo al convenio de CCT de fecha de 25 de febrero de 2021, en los meses
de mayo, septiembre y diciembre con previa difusión del calendario de pagos de nómina a través de la
Coordinación General de Recursos Humanos.
Este pago se cubrirá con cargo a la partida presupuestal 1703 “Estimulo de antigüedad”.
11. Bono administrativo
Se otorgará un pago mensual por concepto de bono administrativo para el personal con categoría
administrativo/operativo, con base en los límites máximos autorizados (Anexo 003). Este concepto se
otorga en los términos de las disposiciones establecidas por la Universidad Autónoma del Carmen.
Para su pago se difundirá a través de la Coordinación General de Recursos Humanos el calendario de
evaluaciones de desempeño y pago previsto para el año de calendario vigente.
12. Estímulo por asistencia
La Universidad Autónoma del Carmen otorgará una gratif cación equivalente a un día del salario base
mensual para estimular a los trabajadores administrativos y docentes que no incurran en ninguna falta a su
centro de trabajo para el desarrollo de actividades laborales propias de Universidad Autónoma del Carmen
por el puesto que la Universidad le contrato.
La asistencia será evaluada conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos para ello.
Cada mes evaluado será pagado de forma conjunta con los salarios de la primera quincena siguiente al mes
de que se trate la evaluación, y en el último mes del año solo será evaluable un periodo de 15 días o los que
sean hábiles de acuerdo con el calendario escolar aprobado y su pago se ref ejará a más tardar el último día
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