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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

          El personal tendrá derecho a recibir de forma adicional un incremento del 2% adicional a los aumentos
          normales en forma anual pudiendo completar hasta 10 años más de servicio, o hasta que el trabajador
          solicite su cesantía laboral para ingresar al proceso de jubilación. El monto resultante de la aplicación
          del porcentaje para el pago de esta prestación tendrá por base de cálculo el salario base mensual tabular
          más el quinquenio mensual que le corresponda al trabajador y será ref ejado lo correspondiente a los días
          devengados en la quincena bajo este concepto.

          La gratif cación por jubilación se considera una prestación ligada al salario.

          Capítulo IV
          Percepciones Extraordinarias

            9.  Estímulos, reconocimientos y recompensas
          Se podrán otorgar estímulos, reconocimientos y recompensas al personal de la Universidad Autónoma del
          Carmen, en términos de las disposiciones establecidas. Los estímulos, reconocimientos y recompensas
          no constituyen un ingreso f jo, regular ni permanente, por lo que no forman parte del sueldo del personal
          administrativo y docente de la Universidad Autónoma del Carmen, y se encuentran gravados en los términos
          de las disposiciones f scales aplicables.

            10.  Estímulos por antigüedad
          La Universidad Autónoma del Carmen cada año premiará a los trabajadores administrativos y docentes
          que cumplan 10, 15, 20, 25, 30 y 35 años de servicios en la Institución, entregándoles un diploma de
          reconocimiento a su servicio, una medalla, y 15, 25, 40, 50, 60 y 65 días de salarios, respectivamente.

          El monto equivalente a este estímulo se conforma por una cuota diaria del salario base mensual tabular:
          Esto es el Salario base entre 30 días exponiéndolo a los días que correspondan a los años de antigüedad
          descritos en el párrafo anterior.

          Para poder realizar el pago de esta prestación se realizará a través de la Coordinación General de Recursos
          Humanos una convocatoria al personal administrativo y docente que reúna estas características en el año en
          que cumplan su antigüedad, con la f nalidad de cubrir los requisitos para gestionar su pago.

          El pago se efectuará de acuerdo al convenio de CCT de fecha de 25 de febrero de 2021, en los meses
          de mayo, septiembre y diciembre con previa difusión del calendario de pagos de nómina a través de la
          Coordinación General de Recursos Humanos.

          Este pago se cubrirá con cargo a la partida presupuestal 1703 “Estimulo de antigüedad”.

            11.  Bono administrativo
          Se  otorgará  un  pago  mensual  por  concepto  de  bono  administrativo  para  el  personal  con  categoría
          administrativo/operativo,  con  base  en  los  límites  máximos  autorizados  (Anexo  003).  Este  concepto  se
          otorga en los términos de las disposiciones establecidas por la Universidad Autónoma del Carmen.
          Para su pago se difundirá a través de la Coordinación General de Recursos Humanos el calendario de
          evaluaciones de desempeño y pago previsto para el año de calendario vigente.

            12.  Estímulo por asistencia
          La Universidad Autónoma del Carmen otorgará una gratif cación equivalente a un día del salario base
          mensual para estimular a los trabajadores administrativos y docentes que no incurran en ninguna falta a su
          centro de trabajo para el desarrollo de actividades laborales propias de Universidad Autónoma del Carmen
          por el puesto que la Universidad le contrato.

          La asistencia será evaluada conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos para ello.

          Cada mes evaluado será pagado de forma conjunta con los salarios de la primera quincena siguiente al mes
          de que se trate la evaluación, y en el último mes del año solo será evaluable un periodo de 15 días o los que
          sean hábiles de acuerdo con el calendario escolar aprobado y su pago se ref ejará a más tardar el último día

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