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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
requirente deberá corroborar la información correspondiente con el área encargada de la programa-
ción y presupuesto.
d) Especif car la clave presupuestaria y el importe que corresponda de acuerdo con la contratación,
señalando, en su caso, el importe mínimo y máximo.
e) Especif car la importancia y características de la contratación, en términos del cumplimiento de los
objetivos de la UNACAR.
f) Explicar las ventajas, preferentemente económicas y de operación, que se obtendrán para la Institu-
ción con motivo de la realización de la contratación anticipada.
g) Indicar la fecha propuesta de inicio y término de la contratación.
h) La opinión técnica favorable de la unidad administrativa que conforme a sus atribuciones le corres-
ponda conocer, administrar, coordinar, supervisar, controlar, dirigir o integrar actividades concer-
nientes al objeto de la contratación anticipada que se solicite.
El área encargada de los recursos materiales y servicios, en el ámbito de su competencia, integrará y
consolidará las solicitudes de las unidades administrativas requirentes que conforme a su opinión reúnan
los requisitos de manera satisfactoria para obtener la autorización respectiva, y consiguientemente, las
someterá a la consideración y, en su caso, autorización de la Secretaría de Finanzas.
La Secretaría de Finanzas emitirá su resolución para el Departamento de recursos materiales y servicios
cuente con la solicitud de autorización del área requirente debidamente integrada.
Décimo Cuarto. Posterior a la aprobación de la suf ciencia presupuestal, se solicitará a Rectoría
la autorización para iniciar con el procedimiento de adquisición para la adjudicación de la contratación
anticipada.
La Rectoría deberá emitir la autorización a la unidad responsable. Esta autorización deberá ser remitida a la
Coordinación General Administrativa antes del 31 de octubre del año que corresponda.
Décimo Quinto. En las bases del procedimiento de adquisición, arrendamiento y servicio deberá
mencionarse que se trata de una contratación anticipada con fecha de inicio en el ejercicio f scal siguiente.
Décimo Sexto. El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad Autónoma
del Carmen serán los que determinarán el fallo de las adjudicaciones de las contrataciones anticipadas.
Décimo Séptimo. En las contrataciones anticipadas, deberá incluirse la cláusula de que la
adjudicación se hace con cargo al presupuesto del ejercicio f scal que corresponda.
Cuando se trate de contrataciones anticipadas que abarquen más de un ejercicio f scal deberá incluirse
en el contrato la cláusula, que éste estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en el que se
prevé el inicio de su vigencia, y en consecuencia sus efectos estarán condicionados a la existencia de los
recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine
responsabilidad alguna para las partes.
Capítulo IV
Del Procedimiento de los Pagos Anticipados
Décimo Octavo. Se podrán realizar pagos anticipados, en servicios como son, las suscripciones de
material de apoyo informativo necesario para la operación, licencias de software, servicios de soporte de
productos de software, pólizas de mantenimiento y servicios de mantenimiento de hardware y extensiones
de garantía de bienes informáticos y telecomunicaciones, y en todas aquellas adquisiciones, arrendamientos
y servicios, que en términos de la legislación que los regula o por las condiciones comerciales que rigen en
el mercado, se acredite que no es procedente otra forma de pago.
La unidad responsable a efecto de dar fundamento al pago anticipado deberá acreditar con la cotización
donde se mencionen las condiciones de pago, que fueron aceptadas por esta unidad.
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