Page 40 - gaceta 341
P. 40

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN





                                            Justif cación


          A f n de que exista un adecuado equilibrio entre el control, los costos de f scalización y de implantación y la
          obtención de resultados en los programas y proyectos de las dependencias y entidades de la Administración
          Pública, es necesario regular el otorgamiento de las remuneraciones que se deberán cubrir al personal
          de conf anza. Mantener la congruencia con lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política de
          los Estados Unidos Mexicanos y el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Universidad Autónoma del
          Carmen, para que atienda a la heterogeneidad de los elementos y conceptos que caracterizan a los distintos
          grupos dentro del servicio público.

          Por lo anterior, el control de las remuneraciones para el personal de Conf anza requiere de la implantación
          de un Lineamiento de Percepciones del Personal de Conf anza de la Universidad Autónoma del Carmen, el
          cual incluirá los tabuladores aplicables para las percepciones de los colaboradores, así como las reglas para
          su aplicación, esto conforme al monto global aprobado en el presupuesto por el H. Consejo Universitario
          para el capítulo 1000, servicios personales en el ejercicio f scal 2023.



                                           Fundamento





          Que el referido artículo 127 constitucional y el diverso 65, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto
          y Responsabilidad Hacendaria disponen que los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada
          e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional
          a sus responsabilidades, y la UNACAR al recibir recursos de orden público guardará congruencia con lo
          dispuesto en la legislación aplicable y su normativa interna permitiendo un equilibrio entre estas.

          Que el establecimiento y operación del sistema de control presupuestario de los servicios personales a
          que se ref ere el artículo 70 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, requiere
          impulsar el desarrollo e instrumentación del sistema de remuneraciones de los servidores públicos de las
          dependencias, asimismo la UNACAR promoverá para las remuneraciones de los funcionarios y trabajadores
          universitarios un sistema de control presupuestal acorde con lo dispuesto en las Leyes, por lo que el H.
          Consejo Universitario tiene a bien expedir el siguiente:



























          “El lenguaje empleado no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres; por lo que, las referencias o alusiones en la
          redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos”
                                                   5
   35   36   37   38   39   40   41   42   43   44   45