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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN
Décimo Tercero. La OAG emitirá las observaciones para que la OCI las solvente, o bien las
adecuaciones correspondientes para la validación jurídica del Convenio/acuerdo, para que la OCI proceda
a efectuar los trámites correspondientes para concretar su formalización.
Capítulo IV
Del seguimiento y evaluación de los Convenios
Décimo Cuarto. La OCI llevará registro de la información de los Convenios/acuerdos vigentes y
activos. Esta información se actualizará de manera semestral y se publicará en la página web oficial de la
UNACAR.
Décimo Quinto. Los responsables designados de la ejecución de los convenios específicos realizarán
un informe pormenorizado semestral del cumplimiento de las actividades y compromisos establecidos en el
mismo. Este informe será entregado a la OCI para el seguimiento que corresponda.
Décimo Sexto. La OCI será el área competente que determinará las disposiciones para efectos
administrativos y académicos y la OAG para efectos jurídicos.
Capítulo V
De la vigencia y cancelación de un convenio
Décimo Séptimo. La OCI será responsable de solicitar la renovación de los convenios y estos
estarán sujeto al cumplimiento de las metas establecidas en el convenio específico.
Décimo Octavo. La OCI será la responsable de evaluar y vigilar las actividades y responsabilidades
emanadas de los Acuerdos o Convenios para proceder a la renovación, modificación, rescisión o finalización
de los compromisos.
Transitorios
Primero: Este lineamiento entrará en vigor partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta
Universitaria, en forma digital e impresa, previa aprobación del H. Consejo Universitario.
Segundo: Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente lineamiento.
Tercero: Cualquier caso no previsto en este lineamiento será resuelto por la Secretaría Académica,
o en su caso, por el Honorable Consejo Universitario.
Cuarto: El presente lineamiento será revisado con la periodicidad que determine la Oficina de
Cooperación e Internacionalización y cuando lo indique la Secretaría Académica, o en su caso el Honorable
Consejo Universitario.
Dado mediante acuerdo del H. Consejo Universitario, del acta número 07/2022, en la Sesión
Extraordinaria, de fecha once de marzo de dos mil veintidós. Ciudad del Carmen, Campeche.
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