Page 6 - Servicio_social
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Ley General de                                                                                                      02













                       Educación













                                  Superior















                                         En  la  facción  XIV  del  artículo  6°,  que


                                         establece que:






                                         XIV.    Servicio  social,  a  la  actividad


                                         eminentemente  formativa  y  temporal


                                         que  será  obligatoria  de  acuerdo  con  lo


                                         señalado por la ley y que desarrolla en


                                         las  y  los  estudiantes  de  educación


                                         superior una conciencia de solidaridad y


                                         compromiso con la sociedad.








                                                                                                                      5
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