a. Los informes de los partidos y agrupaciones políticas que se deberán publicar son:
a.1. Informes de actividades ordinarias permanentes
a.2. Informes de actividades específicas
a.3. Informes de precampañas
a.4. Informes de campañas
a.5. Informas anuales de ingresos y egresos
b. Dictámenes e informes aprobados y las resoluciones o acuerdos emitidos
c. En su caso, los resultados de las auditorias y verificaciones realizadas
d. En caso de financiamiento público estatal destinado a los partidos políticos: los informes, dictámenes, acuerdos y resoluciones
No aplica.
Esta fracción es exclusiva del I.E.E.C.