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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen
I. Faltar al respeto, amenazar o agredir a cualquier miembro de la comunidad
universitaria.
II. Cometer actos de hostilidad, acoso o violencia de cualquier tipo en contra
de cualquier miembro de la comunidad universitaria, en forma verbal,
física o digital.
III. Utilizar el patrimonio de la Universidad con fines distintos de aquellos a
los que están destinados.
IV. Dañar intencional o imprudencialmente el patrimonio universitario, las
instalaciones y demás bienes de la Universidad.
V. Sustraer sin autorización información física o digital de la Universidad,
para utilizarla con fines distintos a los que está destinada.
VI. Utilizar claves, contraseñas o permisos de accesos a los sistemas
informáticos de la Universidad para fines distintos a los que están
destinados.
VII. Realizar actos que atenten contra los principios y valores contenidos en
el Código de Ética y cualquier otra norma establecida por la Universidad.
VIII. Realizar proselitismo en favor de los partidos políticos dentro de los
planteles universitarios.
IX. Asistir a la Universidad en estado de ebriedad o bajo los efectos de
sustancias psicotrópicas, o consumirlas dentro de las instalaciones.
X. Vender, proporcionar, ofrecer o introducir a las instalaciones de la
Universidad bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos en
cualquier modalidad. Por lo que queda estrictamente prohibido el uso,
posesión, distribución o comercialización de sustancias que generen
dependencia, alteren el estado de conciencia o sean perjudiciales para la
salud, así como el uso de cualquier dispositivo electrónico, mecánico o de
otro tipo diseñado para inhalar, vaporizar, consumir o administrar dichas
“El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
mujeres y otros”
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