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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen
estarán a disposición en el portal del estudiante, en las fechas
establecidas en el calendario escolar como cierre de actas de
calificaciones finales.
Artículo 96. Cuando el estudiante se encuentre inconforme con el resultado de
calificación obtenida, podrá solicitar la revisión mediante escrito
dirigido al Consejo Técnico de su escuela o facultad, en un plazo
máximo de tres días hábiles posteriores a la fecha de publicación
oficial de la calificación en el sistema de control escolar.
El Consejo Técnico, apoyado por docente experto en el curso en cuestión, realizará la
revisión correspondiente y contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para emitir
el dictamen, y dará respuesta por escrito a la solicitud de inconformidad del estudiante.
El dictamen del Consejo Técnico será inapelable y de conformidad a lo establecido en la
normativa que emita la Universidad para la Evaluación del aprendizaje del Tipo Medio
Superior y Superior.
Título Cuarto. De los Derechos y Obligaciones
Capítulo I. De los Derechos y Obligaciones
Artículo 97. Las y los estudiantes de la Universidad, sin distinción alguna,
tienen los mismos derechos y obligaciones que establece el presente
Reglamento y en la normativa institucional.
Artículo 98. Los derechos de las y los estudiantes son:
I. I.Recibir educación y preparación académica integral y de excelencia, que
abarque conocimientos, habilidades, aptitudes y relaciones por parte de
la Universidad, en los términos establecidos en los programas educativos
vigentes;
II. Ser formado en un ambiente académico propicio, sano y libre de violencia
“El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
mujeres y otros”
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