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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen

                          estarán  a  disposición  en  el  portal  del  estudiante,  en  las  fechas
                          establecidas  en  el  calendario  escolar  como  cierre  de  actas  de

                          calificaciones finales.


       Artículo 96.       Cuando el estudiante se encuentre inconforme con el resultado de
                          calificación  obtenida,  podrá  solicitar  la  revisión  mediante  escrito

                          dirigido  al  Consejo  Técnico  de  su  escuela  o  facultad,  en  un  plazo
                          máximo de tres días hábiles posteriores a la fecha de publicación

                          oficial de la calificación en el sistema de control escolar.

       El Consejo Técnico, apoyado por docente experto en el curso en cuestión, realizará la

       revisión correspondiente y contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para emitir
       el dictamen, y dará respuesta por escrito a la solicitud de inconformidad del estudiante.



       El dictamen del Consejo Técnico será inapelable y de conformidad a lo establecido en la

       normativa que emita la Universidad para la Evaluación del aprendizaje del Tipo Medio
       Superior y Superior.



                   Título Cuarto. De los Derechos y Obligaciones



                          Capítulo I. De los Derechos y Obligaciones



       Artículo 97.       Las y  los estudiantes de  la Universidad, sin distinción alguna,

                          tienen los mismos derechos y obligaciones que establece el presente
                          Reglamento y en la normativa institucional.


       Artículo 98.       Los derechos de las y los estudiantes son:


          I.         I.Recibir educación y preparación académica integral y de excelencia, que
                     abarque conocimientos, habilidades, aptitudes y relaciones por parte de

                     la Universidad, en los términos establecidos en los programas educativos
                     vigentes;


          II.        Ser formado en un ambiente académico propicio, sano y libre de violencia



       “El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
       mujeres y otros”

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