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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen
II. Los contenidos fundamentales de estudio, organizados en cursos u otras
unidades de aprendizaje que, como mínimo, el estudiante debe acreditar
para cumplir los propósitos de cada tipo educativo;
III. Las secuencias indispensables que deben respetarse entre los cursos o
unidades de aprendizaje que constituyen un tipo educativo;
IV. Los criterios y procedimientos de evaluación y acreditación para verificar
que el estudiante cumple los propósitos de cada tipo educativo;
V. Las orientaciones didácticas y metodologías que fomenten el aprendizaje
colaborativo.
Artículo 69. Los estudios de educación media superior, superior y posgrado en
la Universidad se cursarán conforme a los programas educativos
aprobados por el H. Consejo Universitario.
Artículo 70. Los cursos o unidades de aprendizaje curricular y extracurricular
que se desarrollan en la Universidad pueden ser:
I. Teórico;
II. Teórico – Práctico;
III. Práctico de laboratorio, capacitación para el trabajo o taller;
IV. Seminarios;
V. Trabajo de campo profesional supervisado, consistente en actividades
programadas para que las y los estudiantes realicen fuera del aula bajo la
supervisión de los profesores, tales como internados, pasantías, prácticas
profesionales, Servicio Social;
VI. Actividades de formación integral;
VII. Y las demás que se consideren necesarias para el desarrollo total de los
programas educativos.
“El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
mujeres y otros”
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