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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen

          II.        Aprobado por unanimidad,


          III.       Aprobado por mayoría de votos,

          IV.        No Aprobado.





       Artículo 64.       Para  obtener  el  título  electrónico  profesional  el  estudiante  deberá
                          cumplir con los requisitos siguientes:


          I.         Acreditar que no tiene adeudos de ningún tipo con la Universidad;


          II.        Contar con el certificado de estudios de licenciatura;

          III.       Acreditar alguna de las opciones de titulación señaladas en el Artículo 61;


          IV.        Presentar el documento de liberación de Servicio Social;


          V.         Contar con acta de examen profesional y


          VI.        Los demás requisitos señalados en el programa educativo de que se trate.

       Artículo 65.       Para obtener el título electrónico de estudios de posgrado, además

                          de los requisitos señalados en las fracciones I y II del artículo que
                          antecede, el estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos:


          I.         Presentar el título de licenciatura o el grado académico que se señale como

                     requisito en la convocatoria de admisión del programa de posgrado que
                     concluyó.


          II.        Presentar la cédula profesional de licenciatura;


          III.       Contar con acta de examen de grado;

          IV.        Los demás requisitos señalados en el programa educativo de que se trate.












       “El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
       mujeres y otros”

                                                                                    Pagina de 41 a 66
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