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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen
II. Titulación por promedio general con calificación de 95.00, como mínimo,
que no haya recursado ninguna asignatura o unidad de aprendizaje
curricular y no haya rebasado el tiempo máximo de conclusión de estudios,
establecido en el presente reglamento.
III. Tesis y examen profesional, en sus modalidades individual y colectiva
(máximo dos estudiantes).
IV. La continuidad de estudios de posgrado.
V. Seminario de actualización.
VI. Memorias de experiencia profesional.
VII. Certificaciones profesionales, avaladas por el H. Consejo Universitario.
VIII. Las demás que apruebe el H. Consejo Universitario.
Los tiempos y las modalidades de titulación, obtención de grado académico y diploma
de especialidad aplicables para los programas de tipo superior, se establecen en la
normativa que para tal efecto emite la Universidad.
Artículo 62. Para tener derecho al examen profesional es necesario que el
estudiante haya cumplido con todos los requisitos establecidos por
la facultad y solicite por escrito al director acompañado con los
siguientes documentos:
I. Certificado electrónico de estudios completos,
II. Liberación de Servicio Social en los términos señalados en la reglamentación
correspondiente,
III. Cuando la opción de titulación sea por modalidad de tesis, presentar el
oficio de liberación para impresión.
Artículo 63. La calificación de un examen profesional podrá ser la siguiente:
I. Aprobado con Distinción Ad Honorem ,
“El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
mujeres y otros”
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