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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen

       Artículo 50.       La carga mínima y máxima de cursos por semestre deberá regirse
                          por  el  programa  educativo,  de  manera  que  asegure  la  trayectoria

                          escolar eficiente:


          I.         Para  programas  de  bachillerato  será  lo  establecido  en  el  programa
                     educativo;


          II.        Para programas de licenciatura:


             a).   Carga mínima:  semestral, 4 cursos, opcional 1 curso intersemestral,

             b).   Carga máxima: semestral, 7 cursos, opcional 2 cursos intersemestrales


          III.       Para programas de posgrado, se regirá, el mínimo y máximo conforme se

                     establezca en el plan de estudios respectivo.

       Artículo 51.       Las y los estudiantes podrán hacer uso de su derecho de reinscripción

                          en  los  periodos  establecidos  en  el  calendario  escolar,  según  lo
                          siguiente:


          I.         Bachillerato


             a).   Las y los estudiantes de primer ingreso que hayan acreditado la totalidad
                   de los cursos del semestre inicial.


       En caso contrario deberá participar nuevamente en el proceso de selección;

             b).   Las y los estudiantes de reingreso que hayan acreditado la totalidad de los
                   cursos del semestre anterior inmediato;


             c).   Las y los estudiantes que, a partir del segundo semestre, no cumplan con
                   la  totalidad  de  aprobación  de  cursos  del  periodo  anterior  inmediato  y

                   hayan solicitado y recibido, del Consejo Técnico de la Escuela, el dictamen
                   procedente para dar continuidad a sus estudios en calidad de estudiante

                   repetidor en el periodo correspondiente, siempre y cuando cumpla con

                   las obligaciones y los requisitos establecidos en la presente normatividad
                   institucional.




       “El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
       mujeres y otros”

                                                                                    Pagina de 35 a 66
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