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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen

                          periodo  escolar  inmediato  anterior;  por  lo  que  se  establecen  dos
                          periodos intersemestrales.


       Artículo 48.       Las  y  los  estudiantes  de  bachillerato  que  hayan  reprobado  hasta

                          4  asignaturas  o  unidades  de  aprendizaje  en  el  periodo  semestral
                          inmediato  anterior,  tendrán  derecho  a  acreditarlas  en  periodos

                          intersemestrales observando lo siguiente:

          I.         En el primer periodo intersemestral podrá cursar hasta 4 asignaturas o

                     unidades de aprendizaje, debiendo aprobar cuando menos 2 de ellas. De
                     lo contrario causará baja definitiva.


          II.        En el segundo periodo intersemestral podrá cursar hasta 2 asignaturas o

                     unidades de aprendizaje, debiendo aprobar su totalidad. De lo contrario
                     causará baja definitiva.


          III.       En el segundo periodo intersemestral, si reprueba 1 o 2 de las asignaturas
                     o unidades de aprendizaje, el estudiante podrá inscribirse nuevamente al

                     mismo semestre que reprobó en el ciclo escolar inmediato siguiente, en
                     condición académica de repetidor. Cuidando de no exceder los tiempos

                     máximos establecidos en el Artículo 40 fracción I del presente reglamento.


       Artículo 49.       El periodo intersemestral de licenciatura cumple con los siguientes
                          propósitos:


          I.         Adelantar unidades de aprendizaje de los bloques básicos, profesionalizantes
                     y  terminales  de  las  carreras  que  se  oferten  del  semestre  posterior

                     inmediato, lo cual permitirá al estudiante concluir en menos tiempo de lo

                     establecido, el programa educativo.

          II.        Acreditar aquellas unidades de aprendizaje que se adeuden de periodos

                     escolares anteriores y que le permitan regularizar su trayectoria académica.


       La oferta de cursos intersemestrales será responsabilidad de la facultad con apego a las
       necesidades del Programa Educativo.




       “El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
       mujeres y otros”

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