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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen

             c).   Haber agotado el tiempo reglamentario para la conclusión del programa
                   educativo,


             d).   Por resolución del Tribunal de Honor o por resolutivo administrativo,


             e).   Para el caso exclusivo de licenciatura, será motivo de baja definitiva las
                   y los estudiantes de nuevo ingreso que, al concluir el primer semestre y

                   el intersemestral inmediato posterior, no acrediten haber aprobado más
                   del 50 por ciento de las unidades de aprendizaje en las que estaba inscrito

                   y que estén consideradas en el plan de estudios; impidiendo reinscribirse
                   nuevamente y obligándolo a realizar su proceso de admisión.


             f).   Las demás que establezcan otras normas y disposiciones reglamentarias de

                   la Universidad.




       Respecto  a  las  fracciones  II,  Ill,  lV  de  este  numeral,  se  apegará  a  los  lineamientos
       correspondientes.



       Artículo 38.       Las y los estudiantes que participan en estancias académicas fuera

                          de la Universidad se clasifican en:


          I.         Estudiante de movilidad nacional: es aquel de nuestra Universidad
                     que, durante un semestre o máximo dos, realiza una estancia académica

                     en una Universidad nacional perteneciente al Sistema Educativo Nacional
                     con el propósito de realizar estudios que fortalezcan su formación, siempre

                     cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa institucional
                     vigente para la operatividad de movilidad;


          II.        Estudiante  de  movilidad  internacional:  es  aquel  de  nuestra
                     Universidad que, durante un semestre o máximo dos, realiza una estancia

                     académica  en  una  Universidad  extranjera,  con  el  propósito  de  cursar

                     asignaturas equiparables en el programa educativo en el que se encuentra
                     matriculado de origen y que contribuyan a su formación, al desarrollo de
                     proyectos  de  investigación,  fortalecimiento  de  una  lengua  extranjera  y


       “El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
       mujeres y otros”

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