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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen

                          emita la Universidad para el reconocimiento de estudios de Medio
                          Superior y Superior.


       Artículo 13.       La Universidad podrá apoyarse de organismos externos con el fin

                          de que coadyuven en el proceso de selección de aspirantes para el
                          ingreso a los diferentes programas educativos.


       Artículo 14.       La selección y la admisión a la Universidad estarán sujetas a:


          I.         La normatividad que para su efecto apruebe el H. Consejo Universitario;

          II.        El procedimiento de selección que se defina para cada programa educativo;


          III.       El procedimiento de revalidación o equivalencia de estudios;


          IV.        Los demás requisitos que la normatividad en la materia determine.


       Artículo 15.       El proceso de admisión incluirá lo siguiente:

          I.         Preinscripción: se efectúa bajo la coordinación de áreas administrativas

                     correspondientes a las escuelas y facultades; y tiene por objetivo que el
                     interesado formalice su intención de participar en el proceso de admisión,

                     cubra el arancel correspondiente y presente la documentación requerida.
                     En esta etapa la escuela o facultad verificará y validará el cumplimento de

                     los requisitos e informará al aspirante del resto del proceso.


          II.        Para los aspirantes de modalidad escolarizada o presencial, se aplicará el
                     examen de admisión: se realiza en las fechas y horarios señalados en las

                     convocatorias correspondientes.

          III.       Para los aspirantes de modalidad no escolarizada o a distancia: deberán de

                     participar y aprobar el curso propedéutico o cualquier otro mecanismo de
                     admisión que para la modalidad aplique y los demás que señale el programa

                     educativo que haya sido aprobado por el H. Consejo Universitario.


          IV.        Publicación oficial de resultados: se presenta, a través de los diferentes
                     medios de comunicación de la Universidad, la relación de los aspirantes



       “El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
       mujeres y otros”

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