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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen

          XIX.       Egresado:  es  el  estudiante  que  acredita  satisfactoriamente  todas  las
                     asignaturas  de  un  programa  educativo  de  la  Universidad  y  obtiene  el

                     certificado electrónico de estudios oficial.


          XX.        Equivalencia externa: validez que se otorga a los estudios realizados en
                     otra institución integrante del Sistema Educativo Nacional (SEN) la cual

                     podrá otorgarse por tipo educativo, ciclo escolar, asignaturas o cualquier
                     otra unidad de aprendizaje curricular existente en el SEN.


          XXI.       Equivalencia interna: validez que se otorga a los estudios realizados
                     en nuestra Universidad  para el  ingreso  a otro programa educativo en

                     la misma o derivado de la actualización o reestructuración del plan de
                     estudios originalmente cursado, en Bachillerato o Licenciatura.


          XXII.      Estancias  formativas  profesionales  obligatorias: tienen como

                     objetivo principal proporcionar a los estudiantes la oportunidad de aplicar
                     los conocimientos teóricos adquiridos en el aula a situaciones reales de

                     trabajo en su campo de estudio.

          XXIII.     Estatuto general: al Estatuto General de la Universidad Autónoma del

                     Carmen.


          XXIV.      Estudiante:  es  el  aspirante  aceptado  que  cubre  los  requisitos  de
                     admisión y realiza satisfactoriamente en tiempo y forma los trámites de

                     inscripción correspondientes, conservando esa calidad mientras cumpla
                     con las obligaciones y requisitos exigidos en la legislación de la Universidad

                     Autónoma del Carmen.


          XXV.       Grado académico: se refiere al documento que se expide a las personas
                     que hayan concluido estudios de Licenciatura, Maestría o Doctorado, de
                     conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de

                     estudio correspondientes.


          XXVI.      Consejo  Universitario:  al  Honorable  Consejo  Universitario  de  la
                     Universidad Autónoma del Carmen.



       “El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
       mujeres y otros”

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