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Reglamento Escolar de la Universidad Autónoma del Carmen
El presente trabajo de reglamentación tiene los siguientes antecedentes:
• Reglamento de Alumnos de la Universidad Autónoma del Carmen, que data del 29
de octubre del 2003.
• PDI 2022-2026.
• Filosofía Institucional
En razón con lo anterior, y dado que el Reglamento de Alumnos de la Universidad
Autónoma del Carmen, aprobado el 29 de octubre del 2003, requiere no solo de
actualización jurídica sino de la creación de una nueva ordenanza, se inició el trabajo
del presente Reglamento, conforme a lo siguiente:
El Plan de Desarrollo Institucional 2022-2026 que establece:
Eje estratégico 1. Formación Integral de Estudiante
Eje estratégico 4. Gestión Organizacional Eficiente
Que, con fundamento jurídico en:
El artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
se garantiza que:
“Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad
de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar,
primaria, secundaria, media superior y superior.
(…)”
El artículo 49 de la Ley General de Educación, emitida el 30 de septiembre
de 2019, se establece que:
“Las autoridades educativas respetarán el régimen jurídico de las Universidades a
las que la ley les otorga autonomía, en los términos establecidos en la fracción VII del
artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que implica,
entre otros, reconocer su facultad para ejercer la libertad de cátedra e investigación,
crear su propio marco normativo, la libertad para elegir sus autoridades, gobernarse
“El lenguaje empleado en el presente reglamento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres,
mujeres y otros”
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